Cambios a la resolución miscelánea fiscal (2025-2026)
- Santiago Rosano Torres
- hace 7 días
- 3 Min. de lectura
Damos a conocer los 20 cambios más significativos a la resolución miscelánea fiscal (2025 – 2026):
1. Buzón Tributario pasa de facultativo a obligatorio
• 2025: Su habilitación era exigible en el papel, pero sin consecuencias inmediatas.
• 2026: La falta de habilitación genera infracción automática conforme al CFF.
Cambio de enfoque: formalidad → obligación sancionable
2. Aplicación efectiva del artículo 86-D del CFF
• 2025: El artículo existía, pero no se ejecutaba plenamente.
• 2026: Se activa la imposición de multas por no registrar o actualizar medios de contacto.
3. Autoridades distintas al SAT usan el Buzón Tributario
• 2025: INFONAVIT, PROFECO, CONAGUA y autoridades estatales aún no lo usaban de forma plena.
• 2026: Sus actos administrativos ya pueden notificarse legalmente por Buzón.
4. Notificaciones electrónicas adquieren presunción de legalidad
• 2025: Persistía el uso alternativo del artículo 134 del CFF.
• 2026: El Buzón se convierte en medio principal, y la notificación surte efectos, aunque no se abra.
5. e. firma deja de ser una obligación diferida
• 2025: Existían prórrogas, especialmente para personas físicas en RESICO.
• 2026: La e. firma es requisito indispensable para cumplir obligaciones fiscales.
6. RESICO pierde su carácter de régimen “flexible”
• 2025: Se permitía regularización y ajustes administrativos.
• 2026: El régimen se endurece: quien no cumpla requisitos formales puede ser excluido.
7. Mayor control en permanencia dentro de RESICO
• 2025: El SAT privilegiaba la incorporación.
• 2026: El SAT prioriza la verificación de cumplimiento (RFC, e.firma, buzón, ingresos).
8. Cierre operativo del RIF
• 2025: Aún se permitía la permanencia de ciertos contribuyentes “históricos”.
• 2026: El RIF queda prácticamente extinguido, sin nuevas facilidades.
9. Fin de facilidades transitorias para contribuyentes suspendidos
• 2025: Se permitía reanudar actividades con beneficios.
• 2026: La reanudación ya no otorga beneficios fiscales especiales.
10. Consolidación del uso de medios electrónicos
• 2025: El uso de plataformas digitales era progresivo.
• 2026: El cumplimiento presupone el uso de medios electrónicos; no hacerlo implica incumplimiento.
11. Mayor rigidez en avisos al RFC
• 2025: Los avisos extemporáneos eran tolerados en ciertos casos.
• 2026: Los avisos tardíos pueden generar sanción directa.
12. Controles más estrictos en cancelación de CFDI
• 2025: Se privilegiaba la corrección voluntaria.
• 2026: La cancelación indebida o extemporánea impacta pagos provisionales y revisiones.
13. Mayor peso probatorio del CFDI de egresos
• 2025: Bastaba acreditar la operación.
• 2026: El CFDI de egresos se vuelve indispensable para disminuir ingresos acumulables.
14. Fortalecimiento de facultades de fiscalización indirecta
• 2025: Fiscalización centrada en declaraciones.
• 2026: Fiscalización apoyada en cruces electrónicos, buzón y CFDI.
15. Menor tolerancia a omisiones formales
• 2025: El SAT privilegiaba la autocorrección.
• 2026: Las omisiones formales se tratan como incumplimientos reales.
16. Uso más amplio del Buzón como canal interinstitucional
• 2025: Uso limitado entre SAT y contribuyente.
• 2026: Se amplía como canal de comunicación entre autoridades y particulares.
17. Mayor carga de diligencia para el contribuyente
• 2025: El contribuyente podía alegar desconocimiento razonable.
• 2026: Se presume que el contribuyente debe revisar activamente su Buzón.
18. Anexos dejan de operar bajo prórrogas
• 2025: Muchos anexos funcionaban por extensión de vigencias pasadas.
• 2026: Los anexos aplican con efectos plenos y definitivos.
19. Mayor riesgo jurídico por inacción
• 2025: La inacción generaba avisos o recordatorios.
• 2026: La inacción puede derivar en:
• Multas
• Restricción de sellos
• Actos administrativos firmes
20. Cambio de lógica normativa
• RMF 2025: Norma de adaptación
• RMF 2026: Norma de exigibilidad
Nos ponemos a sus órdenes para cualquier duda en aplicación de estas disposiciones generales.

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