Ciudad de México, a 08 de noviembre de 2024.
Con fecha del día de hoy, 08 de noviembre de 2024, fue publicado a través del Diario Oficial de la Federación, el extracto del Acuerdo G/29/2024, denominado “Se determina cuantía para el ejercicio de la facultad de atracción”.
Ahora bien, dicho acuerdo hace referencia a la facultad de atracción que ejerce el Pleno o las Secciones de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la cual se encarga de resolver juicios con características especiales, en el caso en concreto, el Acuerdo hace referencia a la cuantía, tal y como lo establece el artículo 48, fracción I, inciso a) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, mismo que se transcribe para mayor entendimiento:
“ARTÍCULO 48. El Pleno o las Secciones del Tribunal podrán resolver los juicios con características especiales.
I. Revisten características especiales los juicios en los que:
a) Por su materia, conceptos de impugnación o cuantía se consideren de interés y trascendencia.
Tratándose de la cuantía, el valor del negocio será determinado por el pleno jurisdiccional de la Sala Superior, mediante la emisión del acuerdo general correspondiente…”
Para estos efectos, el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que, para efectos de la facultad de atracción, el valor del negocio deberá exceder de $300´000,00.00 (trescientos millones de pesos 00/100 M.N.), teniendo así que dicha cantidad entrará en vigor a partir del 11 de noviembre de 2024.
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