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Reforma a la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones

Santiago Rosano Torres

El día miércoles 27 de diciembre de 2022 se publicó, a través del Diario Oficial de la Federación, la tan esperada reforma en materia de vacaciones de la Ley Federal del Trabajo, específicamente de los artículos 76 y 78 de la referida ley, los cuales hablan del periodo anual de vacaciones pagadas que los trabajadores tienen derecho a recibir a partir del año de servicios.


Antes de dicha reforma, estaba establecido, en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, como periodo vacacional seis días laborables al año, y que dicho periodo aumentaría en dos días laborables, hasta llegar a doce por cada año subsecuente de servicios; después del cuarto año, el periodo de vacaciones aumentaría en dos días por cada cinco de servicios. Los seis días a los que se refiere el artículo anteriormente mencionado debían ser disfrutados en forma continua, pues así lo establecía el artículo 78 de la Ley en comento.


A partir de la publicación del decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, hay un aumento significativo del doble del periodo vacacional a doce días laborales, el cual aumentará en dos días laborables hasta llegar a veinte por cada año subsecuente de servicios, y a partir del sexto año, dicho periodo aumentará en dos días por cada cinco años de servicios. De igual forma, el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo establece que los doce días deben ser disfrutados de forma continua, por lo menos, y se hace la especificación de que el trabajador podrá distribuir su periodo vacacional en la forma y tiempo que así lo requiera, especificación que no estaba contemplada anteriormente en dicho artículo, como podremos advertirlo en la siguiente tabla comparativa:





El presente decreto entrará en vigor a partir del 1° de enero del siguiente año, lo que significa que los patrones, a partir del 2023, deberán contemplar e incluir en sus contratos de trabajo, ya sean individuales o colectivos, el nuevo periodo vacacional, así como realizar las modificaciones que correspondan hacia los contratos de trabajo ya existentes, para brindarle a sus trabajadores lo que les corresponde por Ley y aquello que les sea más favorable.

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