REFORMA CONSTITUCIONAL Y LABORAL PARA REDUCIR LA JORNADA LABORAL, EN FORMA ESCALONADA, A 40 HORAS A PARTIR DE 2030
- Santiago Rosano Torres
- hace 11 minutos
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El día 03 de diciembre de 2025, el Ejecutivo Federal presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del artículo 123, Apartado A., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de jornada laboral, estableciéndose en la fracción IV del artículo y apartado antes citados, que la “jornada laboral será de cuarenta horas en los términos que establezca la Ley”, es decir, se eleva a rango constitucional, la reducción de la jornada laboral.
También se eleva a rango constitucional, en la fracción XI del artículo 123, Apartado A., que el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse hasta en cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo. Igualmente, se señala en dicha propuesta de reforma que, si el tiempo extraordinario se prolonga más de las 12 horas en una semana, se pagará 200 por ciento más del salario que corresponda a las horas de jornada diaria, así como también se señala que, los menores de 18 años, no podrá laborar tiempo extraordinario.
En concordancia con lo anterior, también el día 03 de diciembre de 2025, se presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ello con el propósito de que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo sea de 40 horas semanales (artículo 59).
Igualmente, contempla que la duración de jornada diaria será de hasta 8 horas la diurna, 7 horas la nocturna y 7.5 horas la mixta, estableciéndose también que el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana (hasta 4 horas diarias en un máximo de 4 días en ese periodo).
Así las cosas, se prevé que la suma de las jornadas ordinaria y extraordinaria, en ningún caso podrá ser mayor a doce horas diarias.
La Iniciativa establece en forma escalonada la reducción de la jornada, siendo:
AÑO JORNADA LABORAL
2026 48
2027 46
2028 44
2029 42
2030 40
La Iniciativa se motiva en derecho comparado, así como los señalamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) así como la efectividad productiva que ha externado la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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